En la actualidad las mujeres enfrentan obstáculos estructurales[1], siendo los principales la falta de autonomía económica que deriva de la desigualdad de ingresos de las mujeres respecto a los hombres, la precarización del tiempo de las mujeres por la desigual distribución de los trabajos de cuidados, estereotipos y sesgos de género que en un sistema patriarcal predominante, en el imaginario social coloca a las mujeres en el espacio privado y les atribuye cualidades como delicadeza, sumisión, rectitud, preocupación por el bienestar comunitario y desinterés por el poder y el dinero, altruismo, rectitud e incorruptibilidad.

Estos obstáculos en el hacer político se traducen en situaciones concretas como dificultades para acceder a puestos de dirección y representación popular o al interior de los partidos políticos, y por ende en el acceso y distribución de recursos materiales y financieros[2]. Generalmente, las mujeres no cuentan con un capital inicial para financiar sus candidaturas, incluso en cuestiones básicas como su registro, asimismo, encuentran mayores dificultades para que se “invierta” en sus campañas, en muchas ocasiones ni siquiera tienen  un patrimonio que les permita acceder a créditos bancarios y a otras redes de patrocinio u donación.

Además, la asignación de recursos es inequitativa y diferenciada para hombres y mujeres, producto de estigmas causados por estereotipos, ya que se considera que los hombres tienen mayor capacidad para ejercer un cargo de representación y para participar en la contienda electoral, por lo que acceden más fácilmente a los recursos.

Desde el Grupo Específico de Trabajo sobre Discriminación hacia las mujeres en el acceso del presupuesto para campañas políticas, nos dimos a la tarea de hacer una revisión documental respecto de este tema. El presente artículo resume algunos hallazgos encontrados, el estado de la legislación de la Ciudad de México en la materia. Además, esboza las fuentes de financiamiento en el país, así como algunas estrategias utilizadas por las mujeres en sus carreras políticas. Finalmente, analiza los obstáculos y discriminaciones que afectan a las mujeres e identifica elementos que podrían convertirse en insumos para generar propuestas de observación y seguimiento de este tema en el proceso electoral 2024.

En las elecciones de 2021-2022 para la gubernatura en seis entidades federativas se presentaron 13 candidatas y 14 candidatos, de las cuales en Tamaulipas solo se presentaron hombres y en Aguascalientes solo mujeres[3]; con Delfina Gómez Álvarez, actualmente suman 10 mujeres gobernadoras en México[4], avances que son resultado del reconocimiento de la paridad como principio constitucional y de todas las reformas en la legislación secundaria  para eliminar las brechas de género[5].

Sin embargo, de acuerdo con datos de INMUJERES en 2023[6], las mujeres tienen una menor representación en las presidencias municipales con el 26.10% de los municipios del país y en puestos directivos de la administración pública representan el  41.47%[7] un indicador de que aún falta un largo camino por recorrer, para generar las condiciones adecuadas para el acceso a las mujeres a los distintos cargos de gobierno en condiciones libres de discriminación y violencia.

Un ejemplo de la violencia económica que prevalece en el ámbito de la política, es la forma en que se reparten los recursos al interior de los partidos políticos[8], ya que en la práctica, según el INE, en 2021[9], estos omitieron destinar $12,981,125.95 a candidaturas de mujeres, lo que afecta directamente las oportunidades de las candidatas para ser electas y la función democrática de la entrega de los recursos públicos, como señala la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) “Si estos recursos públicos no llegan a las mujeres, no están cumpliendo su función democrática”.[10]

A pesar de la importancia que encierra el contar con un financiamiento justo y adecuado para la participación de las mujeres en la política, luego de la revisión hemerográfica realizada; encontramos que en México no hay suficiente investigación ni documentación sobre el tema, y aunque hay avances legislativos tampoco hay información respecto de su implementación e impacto real en las carreras políticas de las mujeres[11].

Legislación

Solo por mencionar algunos avances legislativos, tenemos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Constitución y los códigos electorales de cada estado, en consonancia con la Convención Americana de Derechos Humanos establecen que los derechos políticos de hombres y mujeres mayores de 18 años son[12]: votar, ser votada o votado,  asociarse,  afiliarse, derecho de petición, a la información, a la reunión y a la libre expresión y difusión de ideas. La reforma en 2019 a los artículos  2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 Y 115 de la CPEUM para incorporar el principio de paridad de género[13].

El Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México[14], en su artículo 273, menciona que son obligaciones de los Partidos Políticos:

XVI. Garantizar la participación de las mujeres en la toma de decisiones e incorporar perspectiva de género en sus acciones de formación y capacitación política, el acceso paritario a los cargos de representación popular y en sus órganos de dirección. Los partidos políticos determinarán y harán públicos los criterios para garantizar la paridad de género en las candidaturas a cargos de elección popular, deberán ser objetivos y asegurar condiciones de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.

También garantizarán a las mujeres el ejercicio de sus derechos políticos y electorales libres de violencia política en razón de género, sancionarán por medio de los mecanismos y procedimientos internos con los que se cuente todo acto relacionado con la violencia política contra las mujeres en razón de género, garantizarán la no discriminación por razón de género en la programación y distribución de tiempos del Estado, establecerán mecanismos de promoción y acceso de las mujeres a la actividad política del partido, así como la formación de liderazgos políticos.

En caso de incumplimiento a esta disposición serán acreedores a las sanciones que establezcan las leyes en la materia.

Y en el mismo artículo menciona:

XVII. Destinar al menos el cinco por ciento del financiamiento público para actividades ordinarias permanentes que se les asigne, para la generación y fortalecimiento de liderazgos femeninos, así como, al menos el tres por ciento para liderazgos juveniles y otro dos por ciento para la generación de estudios e investigación de temas de la Ciudad de México.

Acceso de las mujeres a financiamiento para campañas

Los factores que pueden facilitar la obtención de financiamiento para campañas políticas a mujeres, son las medidas que existen para disminuir o eliminar las brechas de desigualdad, en ese sentido, la Constitución Política de la Ciudad de México incorporó desde su aprobación en 2017 el principio de igualdad sustantiva y paridad este reconocimiento como principio constitucional fue un gran paso, la legislación respecto a las reglas de financiamiento político y la creación de áreas o unidades de mujeres en los partidos políticos[15].

No obstante, los obstáculos para acceder a financiamientos que afectan sobre todo a las mujeres, persisten, entre otros, encontramos la inequidad en el acceso a los recursos, según Pimienta Franco[16] en las elecciones de 2018, el porcentaje de candidaturas se distribuyó de la siguiente forma,  8,594 (50.3%) fueron hombres y 8,464(49.6%) mujeres, pero la distribución del presupuesto fue de la siguiente manera: 33% a las mujeres y 67% a los hombres, ello es un ejemplo del fenómeno conocido como “techo de billetes”, las dificultades socioeconómicas para las mujeres de obtener recursos económicos para hacer campañas políticas[17].

En México existen regulaciones para penalizar el incumplimiento de la paridad, y en la legislación nacional  en 2014 se aprobó destinar el 3% del financiamiento público que reciben los partidos políticos a la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo  político de las mujeres,  en 2022 la Cámara de diputados aprobó una reforma al artículo 51 de la Ley General de Partidos Políticos en la que se propone cambiar a un porcentaje de entre tres y diez por ciento del gasto ordinario[18], esta reforma sigue pendiente de aprobarse por el Senado de la República,  así que el porcentaje sigue siendo del tres por ciento, en 2019 se quedaron sin ejercer 32.3 millones de pesos (mdp) y en algunos casos se encontró que el presupuesto se ejerció fue en tazas, monederos, gorras, playeras, cursos de defensa personal, gasolina, una conferencia de mujeres líderes y capacitación y desarrollo del liderazgo político de las mujeres, aunque en este último no se presentaron documentos ni muestras sobre el resultado o grado de cumplimiento, y varios partidos no aclararon el destino del gasto, por lo que el INE los sancionó en 2021 por un total de 48.9 mdp[19].

Estas medidas parecen no tener efecto dado que según el Instituto Nacional Electoral (INE)[20] en México, “todos los partidos políticos deben destinar el 40% del financiamiento público a sus candidatas para actividades de campaña”, aunque, el mismo artículo menciona que esto no se cumplió para 91 candidatas en 2021, 22 a diputaciones locales y 69 a presidencias municipales, lo que equivale a 12.9 mdp, que según Alva Huitrón[21], podría deberse a que “las penalizaciones parecen mínimas al ser susceptibles de penalizaciones mínimas por la inobservancia de la norma en comparación con los recursos con los que cuentan”, lo que se podría aunar a causas que no se mencionan, con todo, Muñoz-Pogossian y Freidenberg[22] y Estrada Ruiz[23] refieren que los partidos políticos son muy renuentes a promocionar candidatas, debido a la expectativa de que los hombres tienen mayor posibilidad de ganar cargos de elección popular.

Esta situación refleja los importantes desafíos a enfrentar para las mujeres en materia de financiamiento.

Estrategias para el financiamiento de campañas de mujeres

En México el modelo de financiamiento de campañas electorales es predominantemente público[24], por lo que las estrategias para garantizar la equidad de género en la entrega de dicho recurso serían promover la transparencia y la rendición de cuentas de los partidos[25], en especial , respecto al dinero que se debe destinar a la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las candidatas y sus actividades de campaña.

El Instituto Nacional Electoral eleva de 40% al 50% el financiamiento de las campañas, tiempos de radio y televisión destinados a candidaturas de mujeres en periodo electoral, de esta manera se pretende garantizar a las mujeres que contienden en las elecciones de 2024, igualdad en el acceso al financiamiento público y a los tiempos que se les destina a los candidatos en la radio y la televisión para darse a conocer y accedan a la obtención del voto.[26]

De igual forma, el INE determinó que para las elecciones de 2024 los partidos políticos que son nacionales deberán postular al menos a cinco mujeres en las nueve entidades donde se elegirá gubernatura y la Jefatura de Gobierno de la CDMX, esto con la finalidad de impulsar que más mujeres ocupen este tipo de cargos y de igual forma, existan elecciones más justas. Por tal motivo, de las nueve candidaturas a gubernaturas de los estados de Chiapas, Jalisco, Guanajuato, Puebla, Tabasco, Veracruz, Yucatán y la Ciudad de México, los partidos deberán postular a cuatro hombres y  cinco mujeres para cumplir con la paridad en las próximas elecciones.[27]

Considerando que las labores de cuidado siguen estando sobre todo en los hombros de las mujeres y son uno de los factores que afectan de forma desigual el tiempo que hombres y mujeres pueden dedicar a hacer política, es necesario considerarlo un gasto de campaña que actualmente se financia con recursos personales o de familiares[28].

Según la encuesta realizada por Freidenberg y Muñoz-Pogossian[29] las candidatas y los candidatos financian sus campañas con recursos propios, dinero del partido, donaciones, dinero de familiares y en menor medida con préstamos bancarios, y la mayoría contestó que no sabe de qué forma se distribuye el dinero dentro de los partidos. Se debe tomar en cuenta que las mujeres tienen menor posibilidad de participar en redes formales e informales que les permitan identificar posibles donantes[30].

De acuerdo con el libro “Mujeres políticas y financiamiento. Realidad, avances y retos en la Ciudad de México”[31], para 2018 los partidos políticos no contaban con lineamientos puntuales para la distribución de su presupuesto, excepto por el Partido Revolucionario Institucional, que indica en su estatuto 8,  que se debe destinar el 3% a la capacitación, la promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres. Tampoco había datos para la elaboración del presupuesto o su distribución. En ese mismo orden de ideas, se menciona que de 10 partidos políticos que contendieron en el proceso electoral 2017-2018 para jefatura de gobierno de la Ciudad de México, se presentaron cuatro candidatas y 2 candidatos, con la participación de una mujer como candidata independiente, para la candidatura a las 16 alcaldías aparecen 41 mujeres y 27 hombres, y el presupuesto asignado a las mujeres es mayor, aunque, no existen leyes específicas que establezcan los criterios a seguir en la asignación del financiamiento y a los que se pueda hacer referencia para otros procesos electorales.

Algunas propuestas

El reconocimiento de la desigualdad de género es el principal paso para la creación de propuestas y estrategias para el financiamiento de campañas, por lo que partiendo de esta premisa  dentro de la nueva regulación  en materia de violencia política de género, el Instituto Nacional Electoral emitió lineamientos para “garantizar” el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres[32].

En la Organización de los Estados Americanos (OEA) en el texto ¿Dónde está el dinero para las campañas electorales de las mujeres?[33] se enlistan una serie de recomendaciones para fortalecer el financiamiento de las campañas de mujeres, de las cuales se destacan las siguientes:

  1. Impulsar medidas legales para asegurar que las mujeres accedan al financiamiento público electoral; ya que el acceso a un presupuesto es vital para desarrollar una campaña política, por ello las mujeres deben tener asegurada una cantidad para realizar sus actividades, esto con el objetivo de prevenir obligarlas a buscar otras fuentes de financiamiento y en consecuencia, poner en riesgo su patrimonio.
  2. Aumentar la participación de mujeres en los espacios de dirección de los partidos políticos y en la toma de decisiones.
  3. Promover en los órganos electorales y los partidos políticos espacios de formación para las mujeres en las normas vigentes en materia de financiamiento electoral y otras materias para aumentar su capacidad en el ámbito del financiamiento, involucrando un mayor uso de las tecnologías. De igual forma, es sustancial capacitar  a las mujeres candidatas y no candidatas sobre cómo se distribuyen los fondos públicos y privados dentro de los partidos, ya que existe opacidad en el manejo de los mismos.
  4. Fortalecer los organismos de mujeres al interior de los partidos políticos, e integrar a estas estructuras en los espacios de dirección en los cuales se discute sobre el financiamiento electoral. De esta forma se podrían robustecer los observatorios para el monitoreo de los recursos públicos y privados para financiar campañas electorales desde la sociedad civil.

En suma, cuanto mayor sea la transparencia, mayor será la oportunidad de resaltar las brechas en el acceso de las mujeres a los recursos  y más fácilmente se podrán implementar acuerdos institucionales para nivelar el campo de juego para las candidatas, lo que resultará en un entorno competitivo más amigable para las mujeres.

El acceso al financiamiento es esencial, y afecta especialmente a las candidatas en los procesos electorales. La legislación del financiamiento político puede ser utilizada para crear condiciones de igualdad, debe ser adaptada al contexto, respondiendo a las diferentes realidades, desde un enfoque de género, interseccional e intercultural.

Algunas recomendaciones para fortalecer las estrategias de financiamiento pueden ser:

  • Redes institucionales y personales para el acceso al financiamiento mixto, con enfoque amplio, incluyendo otro tipo de recursos en especie (diseño, merchandising, trabajo voluntario, traslados, redes familiares).
  • Realizar eventos autogestivos que permitan el financiamiento, tales como ventas de productos y campañas de donación.
  • Socialización de las experiencias y estrategias entre mujeres candidatas y ex-candidatas. 
  • Alianzas de organizaciones que fondeen campañas de mujeres.
  • Elaboración de estrategias para el acceso a recursos para realizar campañas. 
  • Acciones de visibilización, especialmente en los medios de comunicación.
  • Planeación estratégica y asesoría en el tema de los recursos humanos y financieros.
  • Lecciones aprendidas y compartidas desde las voces de las mujeres.
  • Propuestas de política pública y programas para apoyar el acceso de las mujeres al financiamiento de campañas.
  • Fondo para financiar campañas de mujeres, para que las candidatas cuenten con lo básico para realizarla.
  • Observatorio para el monitoreo de los recursos públicos y privados para financiar campañas de mujeres.
  • Seguir construyendo y desarrollando la paridad, con la finalidad de crear procesos más equitativos. 
  • Programas de acompañamiento, capacitación y asignación efectiva de los recursos. 

      En la Constitución federal, la Ley General de Partidos Políticos y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales se establecen las reglas del financiamiento y gasto en materia electoral. A partir de estas disposiciones es que los partidos políticos reciben un financiamiento público (mayoritario), y se regula su acceso al privado (minoritario), así como lo que pueden llevar a cabo en materia de erogaciones. Para cada proceso el INE fija cuánto le dará a cada partido y los topes máximos de gastos de campaña.

      El presupuesto electoral total resulta de multiplicar el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el 75 % por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Una vez que se conoce esta cantidad, el 30 % se distribuye entre los partidos políticos en forma igualitaria y el 70 % restante de acuerdo con los votos obtenidos en la elección de diputados inmediata anterior.

      Los partidos reciben el equivalente al 50 % del monto que les corresponda ese año para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes. Cuando solo se renueva la cámara baja federal, el monto desciende al 30 %. En ambos casos, el financiamiento de campaña es administrado, en su totalidad, por los partidos políticos, estableciendo el prorrateo conforme lo marca la ley y teniendo que rendir cuentas ante los entes fiscalizadores del INE.[34]

      A pesar del reconocimiento jurídico de las mujeres en la vida política- democrática, ellas enfrentan múltiples obstáculos cuando quieren ser parte de los procesos electorales. Uno de esos problemas tiene que ver con el acceso a los recursos económicos que les permitan alcanzar autonomía individual al momento de enfrentar la competencia política en igualdad de condiciones que los hombres (Freidenberg, 2018)[35].

      Es decir, en los primeros hallazgos resalta que las mujeres candidatas para desarrollar una carrera política enfrentan la falta de dinero; la brecha de desigualdad en la destinación de los recursos económicos dentro de los partidos políticos es un círculo vicioso donde las leyes de paridad no se hacen presente para cumplir con su objetivo principal. De igual forma, en los partidos persiste el estereotipo de género, según el cual las candidaturas de los varones tienen mayores posibilidades de triunfo y, por lo tanto, dirigen más recursos económicos a sus campañas[36].

      En esta línea, otro obstáculo es la relación del compadrazgo político con el pacto patriarcal, lo que también es denominado como “favoritismo” de los dirigentes hacia los hombres y a su vez, las prácticas de acoso hacia mujeres que se despliegan para entrar a este grupo selecto de incidencia social.

      De acuerdo con Yolitzin Jaimes, vocera de la Colectiva Nacional Feminista Ningún Agresor en el Poder (Conafem) cuando se habla de pacto patriarcal es hacer referencia a la complicidad por omisión, así como a la violencia de Estado que se ejerce cuando un hombre poderoso protege a otro hombre con poder, lo respalda, lo solapa y lo deja cumplir sus ambiciones políticas con total impunidad y libertad.

      Esto representa un problema estructural no solo en los partidos políticos sino en la sociedad en general, ya que percibir a las mujeres candidatas como menos viables para otorgarles un financiamiento digno e incapaces de gestionarlo, es parte de la cultura machista que aún existe en los espacios de toma de decisiones. Ante este panorama, las mujeres reclaman establecer acciones afirmativas que les permitan acceder, al menos, a un piso mínimo del financiamiento electoral estatal[37], es decir, poder acceder a una cantidad mínima ya establecida para poder llevar a cabo su campaña.

      Un tercer obstáculo es que las mujeres enfrentan más dificultades para disponer de su tiempo personal, porque enfrentan problemas para conciliar su trabajo político con las tareas domésticas, es decir, el tener un cargo público, el ser una figura pública, no las exime de sus funciones de cuidadoras y madres. A pesar de que el género no debería importar ni contraponer la condición privada, política y social de la mujer, el querer ocupar un cargo público representa desembocar en una balanza de mediación entre roles de género y  aspiraciones.

      Si bien, existen avances sobre la normativa del financiamiento y el acceso a estos recursos por parte de las mujeres, aún existe un sesgo en la asignación de los fondos para las campañas. Asimismo, cuando acceden a este recurso carecen información particular sobre cómo se decide la distribución de los fondos, cuál es el criterio que usan los partidos para dicha distribución de los fondos y, finalmente, en qué medida compiten en igualdad de condiciones.

      Pero es aquí donde reside uno de los problemas en la creación e implementación de las políticas públicas para la erradicación de la desigualdad de género. Se encuentra en conflicto el feminismo con el poder político, porque no se logra una conjugación de ambas; puesto que esta última en su mayoría se encuentra permeada por posturas patriarcales.

      Conclusión

      Llegadas a este punto podemos inferir que la problemática de acceso al financiamiento que enfrentan las mujeres pueden ser superadas con algunas intervenciones específicas a través de reformas legales.  Pero se  pueden presentar obstáculos, aun cuando el hecho de que se aprueben normas no supone necesariamente que los partidos las cumplan. La reducción de la brecha de género en el acceso a los recursos por parte de las mujeres  nos llama a pensar en la necesidad de impulsar una serie de reformas políticas, institucionales y no institucionales, que mejoren el funcionamiento de los partidos.

      Asimismo, fortalecer los mecanismos de transparencia y así evidenciar las brechas de acceso para las mujeres. También impulsar protocolos que permitan financiar de manera transparente las campañas de las mujeres candidatas, exigiendo métodos claros de distribución de los recursos y un monitoreo constante de la obligación de los partidos, es en este  punto en el que el Observatorio de Participación política de las mujeres de la Ciudad de México tiene una gran oportunidad de observar y denunciar este tipo de discriminaciones y violencias hacia las mujeres políticas.

      Referencias

      [1] García Quesada, A. (2004). Capítulo 5. Financiamiento político y perspectiva de género. En S. Griner y D. Zovatto (Eds.), De las normas a las buenas prácticas (pp. 143-183). OEA, IDEA. http://www.generoysociedad.com/geso/wp-content/uploads/2016/12/Financiamiento-politico-y-genero-AIG-IDEA.pdf

      [2] Freidenberg, F. y Muñoz-Pogossian, B. (2022). El financiamiento de las campañas, percepciones políticas y sus implicaciones para la representación de las mujeres: una agenda de reformas para la igualdad en América Latina. En F. Freidenberg (Coord.), Reformas electorales en América Latina (pp.287-311). Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Instituto Electoral de la Ciudad de México.

      [3] Observatorio de Participación Política de las Mujeres en México. (2022). Proceso Electoral 2021-2022. Recuperado el 08 de noviembre de 2023 de https://observatorio.inmujeres.gob.mx/mvc/view/public/index.html?q=MTIz

      [4] Chavarria Tenorio, B. (05 de junio de 2023). Histórico en México, 10 mujeres son gobernadoras. CIMAC Noticias. https://cimacnoticias.com.mx/2023/06/05/historico-en-mexico-10-mujeres-son-gobernadoras/#gsc.tab=0

      [5] Comisión Interamericana de Mujeres (CIM). (2022). ¿Dónde está el dinero para las campañas electorales de las mujeres? Organización de los Estados Americanos (OEA). https://www.oas.org/es/cim/docs/Financiamiento_ESP.pdf

      [6] INMUJERES. (2023). Toma de decisiones: Indicadores básicos. Recuperado el 08 de noviembre de 2023 de http://estadistica-sig.inmujeres.gob.mx/formas/panorama_general.php?menu1=8&IDTema=8&pag=1#temas-section

      [7] INMUJERES. (2023). Toma de decisiones. Indicador: Porcentaje de mujeres en puestos directivos dentro de la administración pública.  Recuperado el 08 de noviembre de 2023 de http://estadistica-sig.inmujeres.gob.mx/formas/muestra_indicador.php?cve_indicador=1165&Switch=0&Descripcion2=Porcentaje&indicador2=0&original=0&fuente=1165.pdf&IDNivel1=12&IDTema=8#temas-section

      [8]  Mendieta Ramírez, A. (2020). Financiamiento de las campañas políticas de 2018 en México: Desigualdad de género. Vivat Academia. Revista de Comunicación, (152), 101-115. DOI 10.15178/va.2020.152.101-115

      [9]  Instituto Nacional Electoral (INE). (19 de septiembre de 2021). 91 candidaturas de mujeres fueron afectadas por falta de financiamiento en elecciones 2021 [Comunicado de prensa]. https://centralelectoral.ine.mx/2021/09/19/91-candidaturas-de-mujeres-fueron-afectadas-por-falta-de-financiamiento-en-elecciones-2021/

      [10] Comisión Interamericana de Mujeres (CIM). (2022). ¿Dónde está el dinero para las campañas electorales de las mujeres? Organización de los Estados Americanos (OEA). https://www.oas.org/es/cim/docs/Financiamiento_ESP.pdf

      [11] Freidenberg, F. y Muñoz-Pogossian, B. (2022). Op. Cit.

      [12] Mendoza Castillo, P., Ortiz Valencia, L. y López Flores, E. (2020). Mujeres políticas y financiamiento. Realidad, avances y retos en la Ciudad de México. Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM). http://portal.iedf.org.mx/biblioteca/descargasC.php?id=468

      [13] Decreto de 2019. Por el que se reforman los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115; de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Paridad entre Géneros.06 de junio de 2019. DOF: 06/06/2019.

      [14] Decreto de 2020 [Gobierno de la Ciudad de México]. Que contiene las observaciones del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México respecto del diverso por el que se abroga el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal y la Ley Procesal Electoral del Distrito Federal y se expide el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México y la Ley Procesal Electoral para Ciudad de México; y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal y del Código Penal para el Distrito Federal. 29 de julio de 2020. https://www.iecm.mx/www/marconormativo/docs/CODIGO_DE_INSTITUCIONES_Y_PROCEDIMIENTOS_ELECTORALES_DE_LA_CIUDAD_DE_MEXICO_2.pdf

      [15]  Alva Huitrón, R. (2017). Rompiendo techos de billetes. El uso del financiamiento público con perspectiva de género en los partidos políticos mexicanos en F. Freidenberg (Ed.), La representación política de las mujeres en México. UNAM e INE. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/10/4784/10.pdf

      [16]  Pimienta Franco, X. (2018). La ruta del techo de cristal al techo de billetes. Forbes. https://www.forbes.com.mx/la-ruta-del-techo-de-cristal-al-techo-de-billetes/

      [17]  Alva Huitrón, R. (2017). Op. cit.

      [18]  Muñoz-Pogossian, B. y Freidenberg, F(2022). Estrategias de recaudación, financiamiento público para campañas electorales de mujeres y reformas partidistas en América Latina. Revista Elecciones, 21(24), 15-68. DOI 10.53557/Elecciones.2022.v21n24.01

      [19]  Arteta, I. (27 de enero de 2021). Partidos políticos usaron dinero de capacitación a mujeres en tazas, monederos y gorras. Animal Político. https://www.animalpolitico.com/2021/01/partidos-dinero-capacitacion-mujeres-tazas-gorras-monederos 

      [20]  Instituto Nacional Electoral (INE). (19 de septiembre de 2021). 91 candidaturas de mujeres fueron afectadas por falta de financiamiento en elecciones 2021. Central Electoral. Recuperado el 04 de agosto de 2023 de https://centralelectoral.ine.mx/2021/09/19/91-candidaturas-de-mujeres-fueron-afectadas-por-falta-de-financiamiento-en-elecciones-2021/

      [21]  Alva Huitrón, R. (2017). Op. cit., pág. 248.

      [22]  Muñoz-Pogossian, B. y Freidenberg, F(2022). Op.Cit.

      [23] Estrada Ruiz, E. (2018). El financiamiento público como una vía para promover la representación política de las mujeres en México, Colombia y Brasil. En F. Freidenberg, M. Caminotti, B. Muñoz Pogossian y T. Došek (Ed.), Mujeres en la política. Experiencias nacionales y subnacionales en América Latina (pp. 99-117). Instituto Electoral de la Ciudad de México y Universidad Nacional Autónoma de México. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/11/5488/15.pdf

      [24]  Ugalde, L. (2020). El financiamiento ilegal de las campañas políticas en México. En L.Ugalde y S. Quintana (Coord.), Elecciones, justicia y democracia en México. Fortalezas y debilidades del sistema electoral, 1990-2020 (3a ed., Vol. 1, pp. 6691-716). Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

      [25]  Mendieta Ramírez, A. (2020). Financiamiento de las campañas políticas de 2018 en México: Desigualdad de género. Vivat Academia. Revista de Comunicación, (152), 101-115. DOI 10.15178/va.2020.152.101-115

      [26]  El INE eleva financiamiento para campañas y tiempos de radio y tv a candidaturas de mujeres en las elecciones 2024. (26 de Octubre de 2023). Central Electoral. https://centralelectoral.ine.mx/2023/10/26/el-ine-eleva-financiamiento-para-campanas-y-tiempos-de-radio-y-tv-a-candidaturas-de-mujeres-en-las-elecciones-2024/

      [27]  El INE determinó que en las elecciones 2024 los partidos políticos nacionales deberán postular al menos 5 mujeres en las 9 entidades donde se elegirá la gubernatura y la Jefatura de Gobierno de la CDMX. (2023, October 26). Central Electoral. https://centralelectoral.ine.mx/2023/10/26/el-ine-determino-que-en-las-elecciones-2024-los-partidos-politicos-nacionales-deberan-postular-al-menos-5-mujeres-en-las-9-entidades-donde-se-elegira-la-gubernatura-y-la-jefatura-de-gobierno-de-la-cdm/

      [28] Freidenberg, F. y Muñoz-Pogossian, B. (2022). Op. Cit.

      [29]  Ibidem, 2022.

      [30]  Melgar Vilchez, S., Lucchetti Campos, S., Zamora Cabanillas, F. y Nahui Sacha, M. (2022). FINANCIAMIENTO PRIVADO DE CANDIDATURAS Y GÉNERO. ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES DE PERÚ 2018. (1ra ed.). ONPE. https://www.undp.org/sites/g/files/zskgke326/files/2023-03/UNDP-PE-Financiamiento_privado_de%20candidaturas_y_ge%CC%81nero_0.pdf

      [31] Mendoza Castillo, P., Ortiz Valencia, L. y López Flores, E. (2020). Mujeres políticas y financiamiento. Realidad, avances y retos en la Ciudad de México. Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM). http://portal.iedf.org.mx/biblioteca/descargasC.php?id=468  

      [32]  Acuerdo INE/CG517/2020 [ Instituto Nacional Electoral]. Por el cual se aprueban los  Lineamientos para que los partidos políticos nacionales y, en su caso, los partidos políticos locales, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género. 28 de octubre de 2020. https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/115101/CGor202010-28-ap-9-a.pdf

      [33]  Comisión Interamericana de Mujeres (CIM). (2022). ¿Dónde está el dinero para las campañas electorales de las mujeres? (pp.27). Organización de los Estados Americanos (OEA). https://www.oas.org/es/cim/docs/Financiamiento_ESP.pdf

      [34]  Bárcena Juárez, S., Atilano Robles, E. y Téllez del Río, J. (12 de octubre de 2023). ¿Cuánto cuesta una curul? Elecciones y dinero (lícito) en México. Nexos.com. https://datos.nexos.com.mx/cuanto-cuesta-una-curul-elecciones-y-dinero-licito-en-mexico/

      [35]  Freidenberg, Flavia, Caminotti, Mariana, Muñoz-Pogossian, Betilde y Došek, Tomáš, eds., 2018, Mujeres en la política: Experiencias nacionales y subnacionales en América Latina, Ciudad de México, Instituto Electoral de la Ciudad de México e Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México.

      [36]  Comisión Interamericana de Mujeres (CIM). (2022). ¿Dónde está el dinero para las campañas electorales de las mujeres? Organización de los Estados Americanos (OEA). https://www.oas.org/es/cim/docs/Financiamiento_ESP.pdf

      [37]  Comisión Interamericana de Mujeres (CIM). (2022). ¿Dónde está el dinero para las campañas electorales de las mujeres? Organización de los Estados Americanos (OEA). https://www.oas.org/es/cim/docs/Financiamiento_ESP.pdf